{"product_id":"medidas-prejudiciales-y-preparatorias-ante-la-jurisprudencia","title":"Medidas prejudiciales y preparatorias ante la jurisprudencia","description":"\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003eEste libro es el resultado de un proceso de selección de la jurisprudencia de las medidas prejudiciales y precautorias en los procesos civiles.\u003cbr\u003e\u003cbr\u003eTratándose de las medidas prejudiciales se describen los criterios jurisprudenciales referidos a las medidas preparatorias probatorias, siendo la de exhibición de documentos la que mayoritariamente ha sido abordada por las Cortes.\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003eTambién se analizan las medidas prejudiciales precautorias en cuanto a los requisitos y obligaciones que el legislador impone al solicitante.\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003eEn cuanto a las medidas precautorias propiamente tales, se describe la jurisprudencia referida a los requisitos generales de dichas medidas y, posteriormente la de cada una de las que señala el artículo 290 del Código de Procedimiento Civil.\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003eEsperamos que esta investigación sea útil para abogados litigantes.\u003cbr\u003e\u003cbr\u003e\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e\u003cb\u003e\u003cu\u003ePRIMERA PARTE\u003c\/u\u003e\u003c\/b\u003e\u003cb\u003e\u003cbr\u003eMEDIDAS PREJUDICIALES\u003c\/b\u003e\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e\u003cb\u003eI. REQUISITOS PARA SOLICITAR LA MEDIDA PREJUDICIAL\u003c\/b\u003e\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e1. No basta la enunciación de la acción que se perseguirá para conceder medida prejudicial referida a contrato\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e2. Si solicitante modifica solicitud eliminando frases que condicionaban las acciones a deducir proceden acceder a la medida prejudicial\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e3. No resulta procedente la oposición a la medida prejudicial precautoria decretada, desde que ello no se encuentra expresamente contemplado en la ley\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e4. Obligación de presentar demanda dentro del término de diez días sólo resulta procedente respecto de las medidas prejudiciales precautorias no así de las preparatorias\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e\u003cb\u003eII. MEDIDAS PREJUDICIALES PREPARATORIAS\u003c\/b\u003e\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e1. Exhibición de documentos\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e1.1. Se deben exhibir documentos que están en poder de la parte contra la que se solicita\u003cbr\u003e1.2. No procede apercibimiento del artículo 277 del Código de Procedimiento Civil ya que solicitada no puede contar con pagaré porque no existe\u003cbr\u003e1.3. Si obligada a exhibir documentos manifestó que no tiene pagaré que acompañar resulta justificado que no lo pueda exhibir porque no existe\u003cbr\u003e1.4. Circunstancia de que demandado no cuente con documentos en su poder o se encuentra impedido de exhibirlos no puede ser presumida por el tribunal sino deben ser invocada por parte solicitante\u003cbr\u003e1.5. Se entiende cumplida medida prejudicial de exhibición de documentos si se aportaron documentos cuya exhibición se solicitó aun cuando no lo haya realizado respecto de aquéllos cuya existencia ha negado\u003cbr\u003e1.6. Inexistencia de motivos que justifiquen medida prejudicial preparatoria de exhibición de documentos. Documentos secretos o confidenciales\u003cbr\u003e1.7. Procede solicitud de exhibición de documento ya que requisito de confidencialidad debe ser mirado a la luz de quien es el peticionario siendo aquel el propio demandante\u003cbr\u003e1.8. No puede concederse medida prejudicial preparatoria de exhibición de documentos si no se determinan concretamente\u003cbr\u003e1.9. Exhibición de documentos. No corresponde hacer extensivo el apercibimiento a otros documentos distintos al solicitados\u003cbr\u003e1.10. Medida prejudicial de exhibición de documentos está relacionada con el juicio que se pretende entablar y su vinculación con lo pedido\u003cbr\u003e1.11. Medida prejudicial de exhibición requiere especificación detallada de documentos que se pretende hacer exhibir\u003cbr\u003e1.12. Procede medida prejudicial de exhibición de instrumento privados toda vez que se individualiza monto de deuda, su fecha y comunicación al Boletín Comercial\u003cbr\u003e1.13. Medida prejudicial probatoria de exhibición de documento no interrumpe prescripción de responsabilidad por daños en la construcción si demandante es distinto en proceso\u003cbr\u003e1.14. Concluida medida prejudicial probatoria de exhibición de documento no es aplicable plazo para deducir la demanda posterior y la notificación de la misma debe serlo personalmente\u003cbr\u003e1.15. Tribunal debe acoger a tramitación la oposición de la demandada a la medida prejudicial de exhibición\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e2. Medida prejudicial de inspección personal del tribunal puede llevarse a cabo sin audiencia de la parte contraria\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e3. Medida prejudicial de informe de perito\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e4. Tribunal que conoce de medida prejudicial probatoria es competente para conocer de la acción principal\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e5. Norma de atribución de competencia para conocimiento de demanda habiéndose solicitado medida prejudicial\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e6. Resolución que resuelve solicitud de medida prejudicial preparatoria es apelable\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e\u003cb\u003eIII. MEDIDAS PREJUDICIALES PRECAUTORIAS\u003c\/b\u003e\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e1. Requisitos para solicitar las medidas prejudiciales precautorias\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e2. Medidas prejudiciales precautorias sólo se pueden impetrar por el demandante en contra de quien se propone demandar\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e3. Requisito de garantía\u003cbr\u003e3.1. Plazo de 30 días para constituir fianza se cuenta desde notificación de resolución que concede medida precautoria\u003cbr\u003e3.2. Procede decretar medida prejudicial precautoria sin que sea motivo para lo contrario que fiador propuesto goce la calidad de mandatario y abogado patrocinante\u003cbr\u003e3.3. Resulta garantía suficiente para efectos de obtener medida prejudicial precautoria vehículo motorizado siendo improcedente aplicar a efectos de evaluar suficiencia art. 2350 de Código Civil\u003cbr\u003e3.4. Se revoca medida prejudicial de prohibición de celebrar contratos y actos ya que fianza no puede recaer en el mismo demandante\u003cbr\u003e3.5. Revocación de medida prejudicial precautoria ante incumplimiento de obligación de caución o fianza\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e4. Obligaciones de presentar demanda dentro de término y pedir que se mantenga medida\u003cbr\u003e4.1. Alcance de las obligaciones del artículo 280 del Código de Procedimiento Civil\u003cbr\u003e4.2. Plazo para notificación de medida prejudicial precautoria. Caducidad\u003cbr\u003e4.3. Ley no exige que la demanda efectivamente interpuesta sea idéntica a fundamentos expuestos en medida prejudicial precautoria\u003cbr\u003e4.4. Demanda presentada en procedimiento iniciado por medida judicial deben estar necesariamente relacionada con la medida\u003cbr\u003e4.5. Ampliación o rectificación de la demanda que menciona mantener la medida prejudicial precautoria se entenderá formar parte de aquélla para efectos legales\u003cbr\u003e4.6. Sanción prevista en artículo 280 del Código de Procedimiento Civil para evento de no presentación dentro de plazo no es la inadmisibilidad de la demanda\u003cbr\u003e4.7. Plazo para presentar demanda conforme artículo 280 del CPC lo es exclusivamente para mantener la vigencia de la medida prejudicial precautoria. Incumplimiento no faculta al tribunal para tener por no interpuesta la demanda\u003cbr\u003e4.8. No corresponde supeditar vigencia de medida prejudicial precautoria a notificación de demanda en un determinado plazo\u003cbr\u003e4.9. Concesión de medidas prejudiciales precautorias y aplicación de regla de la radicación\u003cbr\u003e4.10. Tribunal competente para conocer la demanda en caso de caducidad de la medida prejudicial precautoria\u003cbr\u003e4.11. Requisitos de legalidad de vigencia de medida prejudicial precautoria\u003cbr\u003e4.12. Validación de nulidad procesal de medidas prejudiciales precautorias si el tribunal amplió el plazo más allá de lo señalado por artículo 280 al decretarse en juicio su mantención como medida precautoria cautelar\u003cbr\u003e4.13. Habiéndose decretado medida prejudicial precautoria demanda se notifica por estado diario\u003cbr\u003e4.14. Requisitos de periculum in mora en medida prejudicial precautoria\u003cbr\u003e]4.15. Procede mantener medida prejudicial precautoria ante solicitud de designación de juez partidor ya que existe una alta probabilidad de que los comuneros puedan vender sus acciones y derechos\u003cbr\u003e4.16. Procede decretar alzamiento de medida prejudicial precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos si en la demanda la actora difiere del fundamento entregado al solicitarla\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e5. Nombramiento de interventor\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e6. Medida prejudicial precautoria de retención de bienes\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e7. Medidas prejudiciales precautorias innominadas\u003cbr\u003e7.1. Juez ha de ponderar si ellas son instrumentales a la protección de la posibilidad de que quien las solicita\u003cbr\u003e7.2. Resolución que no concede medida prejudicial precautoria innominada es apelable\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e\u003cb\u003eIII. PROCEDIMIENTOS EN LOS QUE SE PUEDE SOLICITAR LAS MEDIDAS PREJUDICIALES\u003c\/b\u003e\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e1. Son aplicables al juicio ejecutivo las medidas precautorias prejudiciales siempre que cumplan con todos los requisitos legales\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e2. Procede medida prejudicial precautoria en procedimiento de designación de juez árbitro\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e3. Juzgado civil tiene competencia para conocer de medida prejudicial si tribunal arbitral no se constituye\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e4. Demora en presentación de demanda ante juez árbitro habiéndose acogido solicitud de medida prejudicial\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e5. Puede solicitarse medida prejudicial ante justicia ordinaria, aunque se haya prorrogado competencia a juez árbitro\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e6. Gestión preparatoria se entiende incluida dentro de medidas prejudiciales en cláusula compromisoria\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e7. Requisitos de medidas prejudiciales precautorias en procedimiento de la \u003c\/span\u003e\u003cspan\u003eley de propiedad intelectual son los mismos que establece el artículo 273 del Código de Procedimiento Civil\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e8. Procede medida prejudicial para acción de desposeimiento de finca hipotecada\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cb\u003e\u003cspan\u003eIV. APELACIÓN CONTRA RESOLUCIÓN QUE SE PRONUNCIA SOBRE LA SOLICITUD DE MEDIDAS PREJUDICIALES \u003c\/span\u003e\u003c\/b\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e1. Medidas prejudiciales preparatorias\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e1.1. Resolución que rechaza solicitud de medida prejudicial preparatoria es un auto y no es apelable\u003cbr\u003e1.2. Resolución que acogió parcialmente medida prejudicial de exhibición de documentos es apelable\u003cbr\u003e1.3. Resolución que acoge medida prejudicial de exhibición de documentos es apelable\u003cbr\u003e1.4. Resolución que concede medida prejudicial de exhibición de documentos es apelable\u003cbr\u003e1.5. Resolución que concede una medida prejudicial probatoria es apelable sólo en efectivo devolutivo\u003cbr\u003e1.6. Resolución que dispone que solicitante precise finalidad de medida prejudicial y documentos que cuya exhibición pretende no es apelable\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e2. Medidas prejudiciales precautorias\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e2.1. Resolución que se pronuncia sobre medida precautoria acogiéndola o rechazándola es apelable\u003cbr\u003e2.2. Resolución que rechaza alzamiento de medida prejudicial es apelable si actor no dedujo demanda dentro de plazo establecido en la ley\u003cbr\u003e2.3. Sentencia que concede medida prejudicial precautoria de prohibición de celebrar contratos y actos es apelable\u003cbr\u003e2.4. Resolución que rechaza la ampliación de plazo solicitada para la notificación de la medida prejudicial precautoria no es apelable\u003cbr\u003e2.5. Resolución que dispone que solicitante ofrezca fianza en virtud de medida prejudicial precautoria no es apelable\u003cbr\u003e2.6. Resolución que rechaza solicitud de dejar sin efecto medida precautoria prejudicial es apelable\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e\u003cb\u003e\u003cu\u003eSEGUNDA PARTE\u003c\/u\u003e\u003c\/b\u003e\u003cb\u003e\u003cbr\u003eMEDIDAS PRECAUTORIAS\u003c\/b\u003e\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e\u003cb\u003eI. REQUISITOS GENERALES DE LAS MEDIDAS PRECAUTORIAS\u003c\/b\u003e\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e1. Objetivo de las medidas precautorias\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e2. Comprobantes graves del derecho que se reclama\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e3. Oposición a medida precautoria siempre da lugar a formación de incidente\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e4. Para solicitar medida precautoria es necesario que esté notificada la demanda. Desde ese momento se entiende existir juicio\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e5. Medidas son esencialmente provisionales\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e5.1. Procede mantener medidas precautorias mientras duren las circunstancias que se tuvieron a la vista al decretarlas\u003cbr\u003e5.2. Procede mantener medidas precautorias mientras duren las circunstancias que se tuvieron a la vista al decretarlas\u003cbr\u003e5.3. Pueden concederse medidas precautorias una vez citadas las partes a oír sentencia\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e6. No proceden medidas precautorias en juicio ejecutivo\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e\u003cb\u003eII. MEDIDA PRECAUTORIA DE SECUESTRO DE LA COSA QUE ES OBJETO DE LA DEMANDA\u003c\/b\u003e\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e1. Medida precautoria de secuestro. No hay peligro de deterioro de camión si tiene seguro\u003cbr\u003e\u003cbr\u003e2. Se acoge medida prejudicial precautoria de secuestro de vehículos objeto de contrato de arrendamiento con opción de compra que se encuentra incumplido por no pago de rentas\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e\u003cb\u003eIII. MEDIDA PRECAUTORIA DE NOMBRAMIENTO DE INTERVENTOR\u003c\/b\u003e\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e1. Necesidad de periculum in mora para acoger medida precautoria de nombramiento de interventor\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e2. Medida precautoria de nombramiento de interventor. Demanda por mala implementación de un sistema destinado a proteger de las heladas la cosecha de mandarinas de la demandante\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e3. Procede medida precautoria de designación de interventor a pesar de que no se hayan indicado bienes determinados\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e4. No resulta correcto el razonamiento del tribunal para negar lugar al interventor solicitado basado en circunstancia de existir una comunidad hereditaria y no bienes determinados de la misma\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e5. Facultades del interventor\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e6. Recurso de apelación\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e6.1. Posición que señala que no es apelable resolución que rechaza la solicitud de medida precautoria de nombramiento de interventor\u003cbr\u003e6.2. Posición que sostiene que es apelable la resolución que se pronuncia sobre solicitud de medida precautoria de nombramiento de interventor\u003cbr\u003e6.3. Resolución que limita facultades del interventor designado en los autos arbitrales no es apelable subsidiariamente\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e\u003cb\u003eIV. MEDIDA PRECAUTORIA DE RETENCIÓN DE BIENES\u003c\/b\u003e\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e1. Requisito de peligro de demora\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e1.1. No procede decretar medida precautoria de retención si no se prueba por actor periculum in mora\u003cbr\u003e1.2. Patrimonio del demandado que podría verse comprometido, dificultando o haciendo imposible el futuro cumplimiento de la sentencia\u003cbr\u003e1.3. Si demandada es una municipalidad no se cumple requisito de que las facultades económicas del demandado no ofrezcan garantías suficientes\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e2. Procedencia de retención de bienes cuando éstos son de fácil transferencia\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e3. Corresponde acreditar necesidad de medida precautoria de retención de bienes respecto de todos los demandados\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e4. No procede precautoria de retención de bienes que no sean objeto del juicio si no se acredita concurrencia de requisitos\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e5. No es procedente decretar medida precautoria de retención ni de prohibición de celebrar actos o contratos por no verificarse requisito de proporcionalidad con la cuantía del juicio\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e6. Medida precautoria de retención de bienes sobre fondos excedentes de remate en cuenta corriente de tribunal\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e7. Medida precautoria de retención de dinero. Extensión. Término de funcionamiento de persona jurídica demandada\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e8. Procede medida precautoria de retención de dineros contra persona natural representante legal de empresa demandada considerando que mantiene otros juicios de elevadas cuantías\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e9. Medida precautoria de retención de dineros decretada en sí misma en nada puede servir para acreditar el daño demandado\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e10. No es obstáculo para acoger medida precautoria de retención de bienes el hecho de haberse reservado la demandante el avalúo y monto de los perjuicios para la etapa de cumplimiento o un juicio posterior\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e11. Desproporción de la medida de retención de bienes\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e12. Recurso de apelación\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e12.1. Resolución que rechaza solicitud de medida precautoria de retención de bienes no es apelable\u003cbr\u003e12.2. Es apelable subsidiariamente resolución que acogió medida precautoria de retención de bienes\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e\u003cb\u003eV. MEDIDA PRECAUTORIA DE PROHIBICIÓN DE CELEBRAR ACTOS Y CONTRATOS\u003c\/b\u003e\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e1. Requisitos para conceder medida precautoria de prohibición de celebras actos y contratos\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e2. Alcance de los antecedentes exigidos por la ley para otorgarla\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e3. Necesidad de acreditar periculum in mora para ampliación de medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e4. Se rechaza solicitud de medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos al no incorporar documentos que den cuenta de presunción, valor de la propiedad y proporcionalidad\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e5. Proporcionalidad\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e5.1. Procede medida precautoria de prohibición de actos y contratos pero considerando la proporcionalidad de la medida\u003cbr\u003e5.2. Se rechaza medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos respecto inmueble ya que su tasación fiscal es superior a cuantía de supuesta deuda en más de un tercio\u003cbr\u003e5.3. Opositor a medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos sobre inmueble debe acreditar desproporcionalidad\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e6. Medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos. Certificados de fianza\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e7. Sola circunstancia de que demandado mantenga una serie de procesos judiciales pendientes resulta insuficiente para acceder a medida precautoria\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e8. No procede disponer medida de prohibición de celebrar actos y contratos ya que inminencia de inicio de una partición del inmueble no configura peligro en la demora\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e9. Sucesiva transferencia de inmueble objeto de medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos constituye presunción grave que hace evidente que demandado no ofrece garantía suficiente para responder a resultas del juicio\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e10. Deuda de energía eléctrica y agua potable existente hace varios meses constituye indicio para decretar medida prejudicial precautoria\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e11. Tardanza en pago de obligación emanada de sentencia firme es antecedente que acredita presupuestos de medida precautoria\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e12. Prohibición de celebrar actos y contratos no procede si se persigue cobro de saldo de precio\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e13. Procede decretar medida precautoria de prohibición de celebración de actos y contratos ya que sentencia acogió parcialmente la pretensión de los actores\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e14. Procede otorgar medida precautoria de prohibición de celebración de actos y contratos en juicio de partición por tardanza de notificar a todos los comuneros\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e15. Medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos respecto de inmueble aportado por la demandada a sociedad de la cual es socia mayoritaria. Teoría del levantamiento del velo\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e16. Corresponde medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos respecto de vehículo considerando certificados de deuda de servicios básicos y gastos comunes del departamento objeto del juicio\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e17. Procede medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos considerando sentencia penal condenatoria firme y que si bien la demandada posee bienes aquellos presentan facilidad inherente de enajenación\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e18. Procede medida precautoria de celebrar actos y contrato respecto de inmueble que es objeto de acción ejecutiva hipotecaria\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e19. Medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos considerando elevado monto adeudado y que la acción se funda en incumplimientos de pagos pactados desde el año 2016\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e20. Boleta de garantía\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e20.1. No procede otorgar medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos respecto de boleta de garantía\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e20.2. Medida precautoria consistente en la prohibición de presentar a cobro Boleta Garantía Fiel Cumplimiento en juicio de resolución de contrato con municipalidad\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e21. Procede medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos respecto de derechos y acciones de sociedades considerando que son materia de juicio de acciones de nulidad incoadas\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e22. Medida cautelar de prohibición de celebrar actos y contratos respecto a bienes que son materia del juicio no requiere acreditar facultades de demandado\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e23. Procede mantener medida precautoria de prohibición de celebrar actos o contratos ya que no es necesario acreditar facultades del demandado que no ofrezcan garantía\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e24. No es aplicable medida precautoria de prohibición de celebración de actos y contratos en juicio de declaración de interdicción\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e25. Alzamiento\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e25.1. Se rechaza alzamiento de medida precautoria que recae en bien que es materia de juicio de resolución de contrato de compra venta\u003cbr\u003e25.2. Procede alzamiento de medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos y prenda ya que se acreditó extinción de la obligación\u003cbr\u003e25.3. Procede acoger solicitud de alzamiento de medida prejudicial precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos respecto de inmuebles decretada por tribunal arbitral en el año 1986\u003cbr\u003e25.4. Procede dejar sin efecto medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos respecto a inmueble al haber sido obtenida como prejudicial modificándose sus presupuestos de emergencia que se habían tenido a la vista\u003cbr\u003e25.5. Procede alzamiento de medida precautoria de prohibición de actos y contratos ya que su aplicación no se encuentra restringida a un bien determinado\u003cbr\u003e25.6. No procede alzamiento parcial de medida precautoria de prohibición de celebración de actos y contratos respecto de inmueble que el incidentista pretende arrendar\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e26. Prohibición de celebrar actos y contratos respecto de bienes ajenos al juicio\u003cbr\u003e26.1. Requisitos para decretar prohibición de celebrar actos puede afectar a bienes ajenos al juicio si no existe garantía que asegure su resultado\u003cbr\u003e26.2. Es necesario que el solicitante acredite que el demandado no cuenta con bienes que den garantía suficiente para asegurar el resultado del juicio\u003cbr\u003e26.3. Prohibición de celebrar actos y contratos respecto de bienes que no sean materia del juicio. Demandado no debe ofrecer suficiente garantía\u003cbr\u003e26.4. Solicitante de precautoria que recaiga sobre bienes que no son objeto del juicio debe acreditar que las facultades económicas del demandado no son suficientes\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e27. Medidas precautorias respecto de terceros\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e28. Inmueble de propiedad de tercero no puede ser objeto de prohibición de celebrar actos y contratos\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e29. Efectos de la medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e29.1. No produce efectos medida precautoria dictada luego de enajenación de inmueble\u003cbr\u003e29.2. Si no existe prohibición de enajenar a época de venta de inmueble no hay objeto ilícito\u003cbr\u003e29.3. Fallecimiento de uno de los demandados no es causa suficiente para reponer prohibición de celebrar actos y contratos si ya había sido alzada\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e30. Recurso de apelación\u003cbr\u003e30.1. Resolución que decretó medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos es apelable\u003cbr\u003e30.2. Resolución que decretó medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos sobre cinco bienes inmuebles de sociedad conyugal es apelable en el solo efecto devolutivo\u003cbr\u003e30.3. Resolución que otorga medida de prohibición de celebración de actos y contratos es apelable en el solo efecto devolutivo\u003cbr\u003e30.4. Resolución que resolvió negar lugar a solicitud de alzamiento de  la medida precautoria es apelable\u003cbr\u003e30.5. Arrendamiento. Resolución que concede medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos es apelable\u003cbr\u003e30.6. No procede apelación respecto de resoluciones que dejan sin efecto medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos en procedimiento de Ley de Arrendamiento de Predios Urbanos\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e\u003cb\u003eVI. MEDIDAS PRECAUTORIAS INNOMINADAS\u003c\/b\u003e\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e1. Procede revocar medida precautoria innominada relativa a suspender efectos de licitación por no cumplir por periculum in mora y por no concretar caución\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e2. Medida precautoria innominada es esencialmente transitoria\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e3. No procede medida cautelar innominada de suspensión de cobro de \u003c\/span\u003e\u003cspan\u003eboleta de garantía y su ampliación de suspensión de cobro de póliza de garantía en caso sub lite\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e4. Error del solicitante al confundir medida precautoria de prohibición de celebración de actos y contratos con medida innominada\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e5. Desproporción en medida precautoria innominada\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e6. Resolución que concede medida precautoria innominada es apelable\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e \u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"MsoNormal\"\u003e\u003cspan\u003e7. Resolución que no concede medida prejudicial precautoria innominada es apelable \u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e","brand":"Zavala Ortiz, José Luis","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":52305038672159,"sku":null,"price":29500.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/medidas-prejudiciales-y-precautorias-ante-la-jurisprudencia.png?v=1775666298","url":"https:\/\/www.tiendalibros.cl\/products\/medidas-prejudiciales-y-preparatorias-ante-la-jurisprudencia","provider":"Tienda Libros","version":"1.0","type":"link"}