{"title":"Hedemann, Justus W.","description":null,"products":[{"product_id":"derechos-reales","title":"Derechos Reales","description":"\u003cp\u003eEl Derecho de cosas tiene su sede en el Código civil. Mas, en cuanto representaban un marco que encuadrara todo el Derecho de cosas, han sido desbordados al correr de los tiempos. Son en especial los dos últimos decenios los que han hecho brotar una verdadera avalancha de nuevas leyes que se agolpan apresuradamente unas tras otras. Podríamos considerar este fenómeno como un inevitable estigma de nuestros tiempos. Pero por ello mismo, con más razón, debe ser tarea de todo jurista el inculcar, tanto en el joven que inicia sus estudios como en el juez y el abogado ya cargados de experiencia, un ideal de concentración o, dicho, en otros términos, de afirmación sobre una base sólida. Precisamente el Derecho de cosas ha de ser, y no debe dejar de ser, uno de los fundamentos de nuestra existencia, y con ello, al mismo tiempo, un elemento integrante de nuestra cultura.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eJustus W. Hedemann\u003c\/p\u003e","brand":"Hedemann, Justus W.","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609092702495,"sku":"69392","price":57120.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789563927191.jpg?v=1707415094"},{"product_id":"derecho-de-obligaciones","title":"Derecho de Obligaciones","description":"\u003cp\u003eEl derecho de obligaciones consistente en una vinculación de persona a persona basada en el principio de equiparación jurídica.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eEl jurista, en especial el científico, se inclina fácilmente a considerar exclusivamente la estructura jurídica de las relaciones de Derecho que estudia. Y, efectivamente, con bastante frecuencia es decisivo en el estudio de un caso práctico, ya se haga por un investigador, ya que por el juez en el proceso o ya en la actividad asesora del abogado, únicamente el contenido jurídico del caso en cuestión. Pero no debemos olvidar que, obre el derecho de obligaciones, con su regulación de los contratos de compraventa, de servicios, de sociedad, la indemnización de daños por actos ilícitos, etc., influye también la vida cultural del pueblo y de cada uno de los individuos.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eAl derecho de obligaciones no le incumbe determinar si por medio de la compraventa el vendedor transmite la propiedad de la cosa al comprador. Esto pertenece al derecho de cosas. Al derecho de obligaciones solo afecta la vinculación de una persona a otra, es decir, la idea de que el vendedor está obligado a entregar la cosa y el comprador a pagarle por ello un precio. Pero no ha de perderse de vista que las partes contratantes ocupan un plano de equiparación jurídica.\u003c\/p\u003e","brand":"Hedemann, Justus W.","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609092735263,"sku":"69561","price":60690.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789563926576.jpg?v=1707415092"},{"product_id":"las-presunciones-en-el-derecho","title":"Las Presunciones en El Derecho","description":"\u003cp\u003eLa teoría de la presunción es una teoría de la carga de la prueba. A la pregunta: —¿A quién incumbe la carga de la prueba? —contesta con estas palabras: —A aquel que tiene en contra suya una presunción—; así, por ejemplo, al propietario, porque tendría en contra suya el principio contenido en la presunción placentina. Avanzando por este camino se llega a la conclusión de que donde no existiera presunción alguna no sería posible la regulación de la carga de la prueba, dificultad que solo puede salvarse con esta afirmación: tales casos no pueden darse. Manifiéstase aquí una semejanza con los fines que persigue la teoría de la prueba legal; también ésta, para ser consecuente, había de evitar toda laguna en su sistema. Las diferencias entre ambas teorías consisten en que la teoría de la presunción, se ocupa de la posición de las partes, y la teoría legal de la prueba se ocupa de la misión del juzgador; la una es una teoría de la carga de la prueba, la otra es un sistema de apreciación judicial.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eJUSTUS W. HEDEMANN\u003c\/p\u003e","brand":"Hedemann, Justus W.","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609092768031,"sku":"68042","price":32606.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789563924374.jpg?v=1707415091"}],"url":"https:\/\/www.tiendalibros.cl\/collections\/hedemann-justus-w\/edicion-primera.oembed","provider":"Tienda Libros","version":"1.0","type":"link"}