{"title":"Alemania","description":null,"products":[{"product_id":"el-mundo-del-derecho","title":"El Mundo del Derecho","description":"\u003cp\u003eEl hombre está moralmente obligado a cumplir el fin esencial de su vida, la perfección del ser que le fue dado por Dios, la realización de sí mismo, en la común responsabilidad para con sus prójimos, y, por ende, en comunidad con ellos. Como estos fines han sido señalados al hombre por su Creador, le son dados con su misma naturaleza, y Dios le ha de pedir cuenta de cómo los haya seguido y cumplido; de ahí que puede decirse que el Derecho, en último término, tiene su origen en Dios. No es posible ver cómo puede afirmarse la validez absoluta del Derecho, si se prescinde de Dios como creador de la naturaleza humana.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eLa realización de los fines esenciales de la vida humana sólo puede darse en la comunidad con los otros hombres; de ahí que la realización del fin esencial de esta misma comunidad, el bien común, debe contarse entre los fines esenciales de la vida humana. Este fin exige también ser cumplido, funda igualmente Derecho.\u003c\/p\u003e","brand":"Die Welt des Rechtes","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609077727519,"sku":"69437","price":16898.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789563928662.jpg?v=1707415580"},{"product_id":"en-defensa-de-la-propiedad","title":"En Defensa de la Propiedad","description":"\u003cp\u003eLa tesis de este libro, según la cual el menosprecio de la propiedad privada conduciría a socavar el Derecho y el orden, se demostró en los años que siguieron a su publicación. La nueva legislación social fue acompañada por un atemorizante crecimiento de la criminalidad. Los disturbios amenazaron la Quinta República, pusieron en duda la capacidad de supervivencia del régimen de Bonn y permitieron que surgiera en los Estados Unidos de Norteamérica la pesadilla de la guerra civil.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eLos atentados contra el presidente Kennedy, Martin Luther King y Robert F. Kennedy recuerdan cruelmente los males, que trae consigo la falta de respeto por la propiedad. Los que abogaron en favor de las reformas sociales fueron víctimas del apoyo a las leyes conducentes a tal descrédito. Todos ellos fueron asesinados por hombres en quienes el menosprecio de la propiedad privada se amplió hasta incluir el de la vida humana: Oswald era comunista, Sirhan era procomunista y Ray, un ladrón y salteador.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eLa advertencia de John Adams, de la cual se ocupa este libro, ha demostrado renovadamente su intemporalidad: “La propiedad es por cierto un derecho humano, tan real como la libertad [...]. En el mismo momento en que se permite que surja en la sociedad el pensamiento de que la propiedad no es tan sagrada como las leyes de Dios, y de que no hay violación de la ley y de la justicia pública cuando se vulnera la propiedad, comienzan la anarquía y la tiranía”.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eLa presente edición no altera ni abrevia la original. Si bien va contra la corriente, mi defensa de la propiedad no ha provocado una nueva crítica que yo esperaba adversa desde los días de la Nueva Frontera y de la Gran Sociedad.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eGOTTFRIED DIETZE\u003c\/p\u003e","brand":"Dietze, Gottfried","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609077793055,"sku":"68450","price":38556.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789563929430.jpg?v=1707415578"},{"product_id":"ilicitud-como-caracteristica-general-en-el-contenido-de-las-acciones-punibles","title":"Ilicitud Como Caracteristica General en El contenido de las acciones punibles","description":"\u003cp\u003e¿Cuándo es una conducta humana ilegal, contraria al Derecho? Esta es la cuestión que nos queremos plantear. Que la ciencia penal no tiene contestación satisfactoria es sorprendente, pero cierto. Nos da una fórmula conceptual y además doble. Ilegalidad es lesión del derecho: en primer lugar, lesión del derecho objetivo, del precepto jurídico lesión de la ley; en segundo lugar, lesión del derecho subjetivo, del interés lesión del bien jurídico. Y esta explicación es ciertamente en sí misma fundada. El derecho penal es protección de intereses, las leyes penales son normas de protección de intereses humanos vitales: este hecho fundamental difícilmente podría ser objetado por nadie en serio. Si una acción lesiona un bien protegido por el Derecho, sólo puede conseguirlo mediante la infracción de la norma protectora y viceversa: semejante conducta solo puede infringir dicha norma protectora lesionando el interés por ella protegido.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eAlexander Graf Zu Dohna\u003c\/p\u003e","brand":"Dohna, Alexander Graf zu","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609078055199,"sku":"67100","price":30940.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789563921625.jpg?v=1707415576"},{"product_id":"estructura-de-la-teoria-del-delito","title":"Estructura de la Teoría del Delito","description":"\u003cp\u003eEra para mí una necesidad reunir en un trabajo orgánico los distintos capítulos de la teoría del delito, que había ido tratando en recensiones y artículos dispersos. Quiero suponer que en una época en la que el material didáctico existente resulta ya anticuado, ante las innovaciones incisivas de la legislación, y en la que la situación económica de los estudiantes no es propicia para la adquisición de gruesos libros de texto, no ha de ser mal recibido un trabajo cuyo principal objetivo es delinear claramente el esqueleto ideológico de lo que sería la clase funda-mental en un curso de derecho penal.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eA lo que he dado un valor decisivo es al correcto ordenamiento sistemático de las distintas materias. Como consecuencia de ver las cosas desde ese punto de vista, la teoría del dolo es suplantada por la teoría de la culpabilidad, el error sobre las circunstancias de hecho por el error sobre el “estar prohibido” (Verbotensein), el estado de necesidad justificante por el meramente disculpante. De acuerdo con mis experiencias, ello ofrece también ventajas didácticas que no es posible subestimar.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eALEXANDER GRAF ZU DOHNA\u003c\/p\u003e","brand":"Dohna, Alexander Graf zu","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609078120735,"sku":"67082","price":16422.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789563921687.jpg?v=1707415574"},{"product_id":"la-prueba","title":"La Prueba","description":"\u003cp\u003eEl trabajo del jurista no se limita sólo a mantener vigentes las normas jurídicas; además, debe elaborar el estado de los hechos a los que esas normas han de aplicarse. Antes de sondear lo que debe ser, deberá constatar lo que es o, en su caso, lo que ha sido. La ciencia jurídica no es, pues, puramente normativa. No se agota con la deducción, sino que depende, asimismo, en gran medida, del manejo del saber experiencial y del método inductivo propio de éste.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003ePor consiguiente, hay cierta razón en decir que esclarecer la cuestión de hecho es tan importante como esclarecer la de derecho. En muchos casos, incluso, determinar los hechos tiene, para la terminación del procedimiento, una importancia mucho mayor que resolver la cuestión jurídica. Por eso la indagación de los hechos ha llegado a calificarse como una parte esencial de la tarea procesal.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eErich Döhring\u003c\/p\u003e","brand":"Döhring, Erich","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609078186271,"sku":"67096","price":55692.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789563921557.jpg?v=1707415572"},{"product_id":"derecho-y-justicia","title":"Derecho y Justicia","description":"\u003cp\u003eLa presente obra trata aspectos fundamentales para el estudio del derecho contemporáneo: La relación de derecho y justicia, la irracionalidad del ulterior concepto y la definición del primer término; partes que intentaré explayar aun con un conocimiento mínimo del derecho en general.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eEn la primera parte se dividen los conceptos de justicia partiendo de las definiciones clásicas (dar a cada uno lo que le corresponde, etc.) y las definiciones de justicia universal (reside en la relación individuo - Estado) y justicia particular (sea esta distributiva o restitutiva) para así fundamentar el cisma teórico. La justicia, de esta manera, se divide en tres grandes ramas: las teorías analíticas (relación de la lógica y la lingüística con la justicia), las teorías empíricas (explicación histórica, sociológica o económica de la justicia) y las teorías normativas (justificación de la justicia y valores éticos), las últimas de suma importancia para la filosofía del derecho.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eEn la segunda parte trata la irracionalidad del concepto de derecho; irracionalidad teniendo varias definiciones desde las teorías filosóficas que valoran lo irracional (o lo sensible a mi forma de pensar) frente a lo racional (viz. Nietzche y Kierkegaard) hasta llegar a su evolución contemporánea personificada en varios movimientos como los ecologistas y también en la filosofía analítica.\u003c\/p\u003e","brand":"Dreier, Ralf","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609078743327,"sku":"67200","price":19040.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789563923407.jpg?v=1707415557"},{"product_id":"obligaciones-contratos-y-proteccion-del-consumidor-en-el-derecho-de-la-union-europea-y-lo","title":"Obligaciones, contratos y protección del consumidor en el Derecho de la Unión Europea y sus Estados miembros","description":"\u003cp\u003eLos actos de la Comunidad Europea (a partir del Tratado de Lisboa: Unión europea) impactan cada vez con mayor frecuencia en los ordenamientos jurídicos nacionales. Desde mediados de los años ochenta, se han ido promulgando una serie de directivas directamente relacionadas con el Derecho privado.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eEl Derecho de consumo ha sido y es todavía el núcleo del Derecho de Obligaciones y Contratos, motor del desarrollo de los ordenamientos jurídicos civiles en Europa. Lo que ocurre es que muchos de los conceptos acuñados y de las instituciones reguladas en el Derecho europeo de consumo no encuentran fácil acomodo en ellos.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003ePara un autor europeo (alemán, en este caso) es un honor poder contribuir con este libro a acercar un poco más al lector latinoamericano la discusión sobre el proceso de armonización del Derecho privado en Europa.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003e(De la Nota del autor)\u003c\/p\u003e\u003cp\u003e\u003c\/p\u003e","brand":"Ebers, Martin","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609079431455,"sku":"65180","price":41412.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789563920680.jpg?v=1707415528"},{"product_id":"reaseguro","title":"Reaseguro","description":"\u003cp\u003eEl libro de EHRENBERG es, por la índole del tema, uno de los de mayor originalidad entre los que forman la obra del autor. En efecto, el reaseguro hasta EHRENBERG no llega a estudiarse de un modo unitario y desligado del resto de problemas que plantea el seguro mismo y, concretamente, separado del seguro marítimo, en donde encuentra su arranque. Viene, pues, a ser este libro, para nuestro tema, una obra clásica que, como todas las que este nombre merece, dio lugar a que en torno suyo fuese formándose un núcleo de literatura, como si ellas hubiesen sido aquello que faltaba para que algunas inteligencias se decidieran a pensar sobre el mismo tema y a escribir el fruto de esos pensamientos.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eJosé María Navas Müller\u003c\/p\u003e","brand":"Ehrenberg, Victor","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609079496991,"sku":"68246","price":21182.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789563925807.jpg?v=1707415523"},{"product_id":"ambito-de-lo-no-juridico","title":"Ambito de Lo No Jurídico","description":"\u003cp\u003eLa problemática del crimen organizado ha conmovido profundamente al cuerpo de conocimientos y prácticas consolidadas que ha sido la herencia del viejo derecho penal liberal y sobre el cual giran, encendidas por diferentes y sucesivas revoluciones internas, las crisis que constituyen (y justifican) la historia de la disciplina. La presencia de estos fenómenos, que no podríamos considerar nuevos a no ser por el impacto de las nuevas tecnologías y por la globalización de numerosos procesos en el área de la economía y de sus implicaciones culturales, representa la exigencia de nuevas respuestas en el seno de las prácticas coercitivas y de control social, agudizada en este caso por la particular urgencia en la demanda de seguridad que se expresa y se amplifica por diversos canales de comunicación política y social.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eEstos reclamos asumen la forma y la gravedad de la emergencia, y apuran la adopción de medidas procesales y penales y de formas sancionatorias que representan, cada vez más, nuevos recortes en la esfera de libertades de los ciudadanos y una mayor degradación del conjunto de las garantías democráticas del cual el derecho penal y las disciplinas que lo rodean forman parte esencial.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eLa organización de este volumen dedicado al crimen organiza-do impuso la elección de un título que, más allá del propio de su género —muchas veces, sometido a una excesiva rigidez pretendidamente académica—, sintetizara conceptualmente, de un solo trazo, una materia que fusiona ilicitud con negocios, violencia con economía. No costó cederle paso a una frase casi característica de la manera peculiar de hacer negocios que tiene, quizás estereotipadamente, el crimen organizado.\u003c\/p\u003e","brand":"Engisch, Karl","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609079628063,"sku":"69672","price":12852.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789564070179.jpg?v=1707415515"},{"product_id":"sentido-y-alcance-de-la-sistematica-juridica","title":"Sentido y Alcance de la Sistemática Jurídica","description":"\u003cp\u003eLa cuestión fundamental que Karl Engisch enfrenta en su conocido artículo se resume de manera muy simple: ¿Es el Derecho una disciplina sistemática, o sea, es un «sistema»? Téngase presente que la trascendencia que para ese momento (en que Engisch publica su trabajo), tenía este asunto, radicaba en que la sistematicidad se consideraba un atributo esencial del carácter científico o no de una disciplina del cono-cimiento humano. Una ciencia se caracterizaba, sobre todo, por ser «sistemática». Ello es válido, para muchos, incluso hoy. Para dar res-puesta a esta cuestión, Engisch procede a examinar varios sentidos (u opciones) en que se puede afirmar que el Derecho es sistemático.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eEn primer lugar, y de la mano de pensadores como David Hilbert, Weyl, Carnap, Bochenski, examina algunos de los atributos del denominado método axiomático que se utiliza en disciplinas como la lógica y las matemáticas, para concluir que dicha pretensión científica está descartada del ámbito de la Jurisprudencia [de la ciencia jurídica]. «Sin tener que entrar ahora en una más amplia discusión lógica de estos diferentes aspectos de la Axiomática y su relación mutua, podemos decir que el ideal científico que aquí se propone no es posible realizarlo en la Jurisprudencia, o en todo caso lo es sólo muy parcialmente». Primer escalón, descartado.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eEn segundo lugar, se pregunta el profesor de Múnich si, entonces, el Derecho podrí a entender se ya no como una Axiomática en sentido estricto, pero al menos como un sistema completo de enunciados que se deriven por vía de la deducción lógica. Así, por ejemplo, es conocido el estilo de argumentación propio del añejo silogismo jurídico, según el cual, a partir de premisas establecidas en el ordenamiento jurídico, se infieren (mediante unas reglas de inferencia simples: modus bárbara o modus ponens) unas conclusiones seguras y previsibles.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eMINOR E. SALAS\u003c\/p\u003e\u003cp\u003e\u003c\/p\u003e","brand":"Engisch, Karl","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609079660831,"sku":"67980","price":11900.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789563928716.jpg?v=1707415513"},{"product_id":"derecho-civil-parte-general","title":"Derecho Civil. Parte General","description":"\u003cp\u003eDesde su entrada en vigor, el Código civil ha pasado a ser, en el orden del derecho privado, el centro al que han convergido la jurisprudencia, la labor científica y la doctrina. Por tanto, debe ser estudiado, como antes se estudiaban el derecho de Pandectas y el derecho privado alemán, en conexión con la evolución jurídica alemana y con las doctrinas generales del Derecho. Por estas razones, la presente exposición del derecho civil antepone, como introducción, un examen de conjunto del desenvolvimiento del derecho privado y de la ciencia del mismo, y trata luego, en el capítulo primero de la parte general, la doctrina del derecho objetivo y, en particular, de su nacimiento, interpretación y aplicación temporal y espacial y, en el segundo capítulo, la doctrina del concepto y clases de los derechos subjetivos, que es imprescindible para una cabal comprensión del derecho privado.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eEl libro pretende ilustrar el derecho contenido en el Código civil, mas también colmar sus lagunas y, dentro de los límites accesibles a la ciencia y a la Jurisprudencia, contribuir a darle impulso progresivo. Empero en estos menesteres nos darán la pauta, no solo el texto literal de la ley y el pensamiento de su autor reflejado en los materiales legislativos, sino también el contenido espiritual latente en la ley en relación con las concepciones jurídicas aportadas por la Ciencia y por la Jurisprudencia y en su enlace con nuestras necesidades económico-sociales y con nuestras convicciones morales.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eEsta obra está destinada por igual tanto al estudio científico del derecho como a su aplicación práctica. El estudiante —aunque solo fuera por razón de sus ejercicios y pruebas— no puede carecer de un tratado que le haga penetrar en la esencia de las manifestaciones jurídicas con una profundidad mayor que la que le facilitaría una escueta exposición de la materia, y que a la vez, en breve y compendioso examen ponga ante su vista la situación de la doctrina científica y de la jurisprudencia. Mas igual necesidad afecta al Juez y al Abogado, si no quieren, ocupados en el estudio de casos concretos y en la búsqueda de precedentes jurisprudenciales, perder el contacto vivo con las cuestiones fundamentales y con el sistema de conjunto.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eLUDWIG ENNECCERUS\u003c\/p\u003e\u003cp\u003e\u003c\/p\u003e","brand":"Enneccerus, Ludwig","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609079693599,"sku":"68737","price":81396.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789564071541.jpg?v=1707415511"},{"product_id":"la-interpretacion","title":"La Interpretación","description":"\u003cp\u003eEn el curso de nuestras reflexiones han aparecido testimonios suficientes a favor de la necesidad y de la ubicuidad de un recurso judicial a criterios de justicia compatibles con el sistema, un recurso que está libre de apelar tanto a dogmas supuestamente irrefutables como a un desenvolvimiento histórico del contenido del precepto hipotéticamente legitimado por el espíritu de la época. Este punto de vista crítico respecto al enjuiciamiento de la rectitud de una concepción jurídica se fundamenta en la situación mediadora, entre la norma y el conflicto social, de quien aplica el Derecho.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eEl intérprete tiene que hallar el Derecho con la ayuda de modelos de orden, que no son comprensibles como mandatos, sino como encargos de actualización de un fin normativo, sobre todo de un fin normativo que puede estar previamente vinculado a, e incluido en, un sinnúmero de otras referencias regulativas actuales. Con este significado, el objeto propio de los esfuerzos interpretativos lo constituye una ratio legis, que quien aplica el Derecho no solo «comprende mejor» que el legislador histórico, sino que además solo ella hace racional y comprensible en absoluto el contenido histórico de la norma.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eJosef Esser\u003c\/p\u003e","brand":"Esser, Josef","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609080152351,"sku":"67686","price":11900.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789563927450.jpg?v=1707415489"},{"product_id":"principio-y-norma-en-la-elaboracion-jurisprudencial","title":"Principio y norma en la elaboración jurisprudencial del derecho privado","description":"\u003cp\u003e“Principios del Derecho”, “ideas directrices”, “pensamientos jurídicos generales”: he aquí unos términos empleados continuamente por la teoría y la jurisprudencia, sin que jamás se haya procedido a un análisis sistemático de su respectivo sentido y alcance, ni se haya intentado siquiera arrojar luz sobre la función y procedencia de los conceptos en ellos expresados. De ahí deriva que estos conceptos elementales sean usados para las tareas más diversas, se les pida más de lo que pueden dar, se abuse de ellos como panacea universal para resolver todo linaje de cuestiones, y se les enjuicie del modo más contradictorio.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eJosef Esser\u003c\/p\u003e","brand":"Esser, Josef","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609080185119,"sku":"68070","price":51884.0,"currency_code":"CLP","in_stock":false}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789563922783.jpg?v=1707415487"},{"product_id":"prolegomenos-del-derecho-o-enciclopedia","title":"Prolegómenos del Derecho o Enciclopedia","description":"\u003cp\u003eLa ciencia, en la significación objetiva y universal de la palabra, y considerada como el conjunto bien coordinado de verdades que se encadenan entre sí, a la vez que puede dividirse en muchos ramos o secciones en razón a la diversidad de las materias que abraza, tomada en su generalidad puede ser objeto de un estudio profundo. En efecto, a pesar de la mutua dependencia que existe entre todas las partes de los conocimientos humanos y lo íntima-mente unidas que están muchas de estas partes, con todo es necesario que cada uno en particular limite su actividad científica a una clase especial de conocimientos.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eDesde que el hombre en el vasto dominio del saber humano elige una parte de él como objeto principal de sus estudios, resulta la idea de una ciencia especial, que no es otra cosa que un conjunto de verdades de un mismo orden o de nociones que por su relación con el mismo objeto están ligadas entre sí de tal modo, que presentan un solo cuerpo de doctrinas y forman una unidad.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eAsí es como los conocimientos que se refieren al derecho forman por su reunión la ciencia del derecho o la jurisprudencia.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eEntendemos por derecho el conjunto de principios, de preceptos y reglas á que están sujetos los hombres que viven en un estado o en una sociedad civil de tal modo, que en caso necesario puedan ser obligados por medio de la fuerza a que los observen.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eEl derecho supone, pues, la existencia de asociaciones de hombres que reconozcan esta clase de preceptos y que aseguren su cumplimiento.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eNIELS N. FALCK\u003c\/p\u003e","brand":"Falck, Niels N.","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609080316191,"sku":"67135","price":20706.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789563928846.jpg?v=1707415478"},{"product_id":"sociedad-tradicional-y-derecho-moderno","title":"Sociedad Tradicional y Derecho Moderno","description":"\u003cp\u003eLa recepción del Código de Napoleón vincula a la era de reformas de los Estados renanos después de 1806 con la época histórico-universal de la Revolución francesa. En sus comienzos, el Code, primer código civil de un Estado sin estamento, se consideró como una obra de la nación revolucionaria.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eEl Code Napoleón ofreció la garantía de que se mantendría el orden burgués de propiedad, la nueva distribución de bienes y comercio de bienes liberado de las cargas territoriales feudales, y que ninguna contrarrevolución podría anularlo. El derecho civil conservaba las conquistas revolucionarias de 1789: la libertad de la persona y de la propiedad, la libertad contractual y de ocupación económica, la igualdad jurídica de todos los ciudadanos y el laicismo del Estado. En este sentido, el Code Napoleón se consideró en Europa como el símbolo de la Revolución, y donde fue difundido hizo retroceder el particularismo jurídico estamental y fomentó la liberalización de la sociedad. En esto descansa la gran significación histórica de la expansión jurídica francesa. La lucha por la imposición del Code Napoleón en los Estados renanos fue al mismo tiempo una lucha por la imposición de los derechos civiles de libertad.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eElisabeth Fehrenbach\u003c\/p\u003e","brand":"Fehrenbach, Elisabeth","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609080414495,"sku":"63524","price":32606.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789563927627.jpg?v=1707415473"},{"product_id":"teoria-general-del-estado","title":"Teoría General del Estado","description":"\u003cp\u003eEl Estado es una situación de convivencia humana en la forma más elevada, dentro de las condiciones de cada época y de cada país. La ciencia del Estado o, también, la teoría política en su sentido más amplio, constituye una parte de la teoría social o sociología que, como tal, se ocupa del conjunto de las relaciones sociales de la humanidad. La sociología investiga los fenómenos de la vida social, es decir, el idioma, las costumbres, la moral, la religión, el arte, la economía y el Derecho. Las ciencias políticas, como rama de la sociología, se ocupan solamente del Estado en sus aspectos jurídico y económico. En el orden económico interesan la economía política y la política económica; en su aspecto jurídico, la ciencia del Estado, teoría jurídica del Estado.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eOSKAR GEORG FISCHBACH\u003c\/p\u003e","brand":"Fischbach, Oskar Georg","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609081659679,"sku":"68380","price":16660.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789563926040.jpg?v=1707415417"},{"product_id":"derecho-politico-general-y-constitucional-comparado","title":"Derecho Político General y Constitucional Comparado","description":"\u003cp\u003eLa distinción que suele hacerse entre el Derecho político y la Teoría general del Estado no obedece, en realidad, a una exigencia lógica; la separación ni es clara, ni tiene fundamento. Son dos aspectos del mismo problema científico: estudio jurídico del Estado.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eLa Teoría general del Estado se ocupa generalmente de definir los principales aplicables a todo Estado y en todas sus manifestaciones. El Derecho político, partiendo de estos conceptos generales que sienta la Teoría, investiga más en concreto la vida orgánica del Estado, sus funciones internas y exteriores y las relaciones del Poder Público con los individuos.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eOskar Georg Fischbach\u003c\/p\u003e","brand":"Fischbach, Oskar Georg","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609081856287,"sku":"67784","price":26656.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789563922929.jpg?v=1707415415"},{"product_id":"los-danos-civiles-y-su-reparacion","title":"Los daños civiles y su reparación","description":"\u003cp\u003eEl daño es todo detrimento o lesión que una persona experimenta en el alma, cuerpo o bienes, quienquiera que sea su causante y cualquiera que la causa sea, aunque se lo infiera el propio lesionado o acontezca sin intervención alguna del hombre.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eEl lenguaje científico arranca de esta acepción usual para fijar el concepto de «daño» (damnum), incluyendo en él todos los perjuicios que el individuo sujeto de derecho sufra en su persona y bienes jurídicos, con excepción de los que se irrogue el propio perjudicado. Al Derecho positivo solo le interesa el daño en cuanto tema jurídico como fundamento determinante de penas e indemnizaciones.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eHANS A. FISCHER\u003c\/p\u003e","brand":"Fischer, Hans A.","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609081889055,"sku":"67471","price":39508.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789563921359.jpg?v=1707415413"},{"product_id":"colisiones-entre-regimenes-juridicos-analisis-de-la","title":"Colisiones entre regímenes jurídicos. Análisis de la fragmentación del Derecho global","description":"\u003cp\u003eEn las ciencias sociales son bastante raras las predicciones teóricas de eventos futuros. Aún más raro es que los eventos predichos ocurran, esto sucede incluso con menos frecuencia. Una notable excepción, es el pronóstico de Niklas Luhmann sobre el futuro del derecho global a partir de 1971. Cuando Luhmann cimentó el concepto de sociedad mundial en la teoría social, aventuró la \"hipótesis especulativa\" de que el derecho global atravesaría por una fragmentación radical, con lo cual, las líneas de ruptura no discurren territorialmente sino socialmente. La razón de ello, es un \"cambio de liderazgo\" de los tipos de expectativa normativa (política, moral, jurídica) a los tipos de expectativa cognitiva (economía, ciencia, tecnología), las cuales tienen lugar en el cambio de las sociedades organizadas por los estados nacionales hacia la sociedad mundial: \"Eso significa que, en el nivel de la sociedad mundial ya no hay normas (en forma de valores, regulaciones, propósitos) que controlan la preselección de lo que se debe reconocer, sino que por el contrario, el problema del aprendizaje de adaptación gana la primacía estructural y las condiciones estructurales de la capacidad de aprendizaje de todos los subsiste-mas, los cuales deben ser compatibles con la estandarización.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eLos análisis teóricos posteriores del sistema, examinaron la cuestión de cuáles serán las consecuencias para la ley, si en el curso de este cambio de liderazgo, ajusta sus normas para apoyar las condiciones de aprendizaje de adaptación en los subsistemas sociales individuales. La predicción complementaria decía: si el derecho de la sociedad mundial se enredara en tales dependencias sectoriales, surgiría un conflicto de leyes completamente nuevo, un \"conflicto de normas intersistémico” cuyas colisiones no se originan en el derecho internacional privado de las naciones sino en sectores globales de la sociedad. Entonces, la dogmática jurídica tendría que ajustar su horizonte de problemas, su presupuesto de argumentación y su estilo de justificación a una nueva situación social: relacionada con los conflictos globa-les permanentes entre diferentes racionalidades sociales.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eUn cuarto de siglo después, se puede observar una réplica casi explosiva de cortes, cuasi cortes y otras instancias de resolución de conflictos independientes, globalmente activas y al mismo tiempo limitadas sectorialmente. El \"Proyecto sobre Cortes y Tribunales Internacionales\" identifica el impresionante número de 125 instituciones internacionales en las que los jueces independientes toman decisiones legales finales. En esta obra, los autores analizan la problemática desde la perspectiva de la teoría social y el derecho internacional, y exploran la cuestión de ¿cómo explicar las colisiones de regímenes desencadenadas por la coexistencia caótica de complejos normativos globales e instancias de resolución de conflictos? y ¿cómo abordarlas en la política y el derecho?\u003c\/p\u003e","brand":"Fischer-Lescano, Andreas","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609081921823,"sku":"69876","price":31892.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789564070995.jpg?v=1707415411"},{"product_id":"estructura-del-concepto-de-culpabilidad","title":"Estructura del Concepto de Culpabilidad","description":"\u003cp\u003eSi bien en la ciencia jurídica moderna la culpabilidad es concebida de muy distintas maneras, hay coincidencia en pensar que su esencia consiste exhaustivamente en la referencia psíquica a algo determinado o en la posibilidad de tal referencia.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eProvisionalmente puede prescindirse de considerar si el término final de la referencia psíquica es algo jurídico o algo fáctico. Tampoco importa si la referencia psíquica en sí misma debe ser concebida como querer o como representación. Lo fundamental es limitar el concepto de culpabilidad a la faz interna.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eLo que nosotros queremos precisamente saber es de qué circunstancia deriva el derecho la responsabilidad. Es más: sería total-mente inconcebible una responsabilidad sin culpabilidad, y así desaparecería la diferencia tan finamente trazada entre los principios de la responsabilidad culpable y la responsabilidad objetiva.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eDel mismo modo, existe general coincidencia acerca de la relación que media entre el concepto de culpabilidad por una parte y los de dolo e imprudencia por la otra. El primero es presentado como concepto genérico y éstos como específicos.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eReinhard Frank\u003c\/p\u003e","brand":"Frank, Reinhard","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609082282271,"sku":"68752","price":10948.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789563929904.jpg?v=1707415393"},{"product_id":"derecho-penal-de-voluntad","title":"Derecho Penal de Voluntad","description":"\u003cp\u003eEl presente volumen aspira a ofrecer una profundización del concepto de derecho penal de voluntad (Willensstrafrecht), dado que muchas veces se ha pretendido confundirlo con cualquier subjetivización del injusto, pero en otras ocasiones, en particular en los últimos lustros, se lo propugna -sin saberlo- al amparo de tipificaciones de actos preparatorios.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eCon ese objeto presentamos un trabajo ejemplar sobre el tema, que lo expone sin tapujos y con una sinceridad que en ocasiones raya en la perversión. Procede de la pluma de Roland Freisler, uno de los más despiadados escritores de la época nazi, acerca del cual informa el extenso trabajo del Profesor Fernando Arnedo.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eHemos creído necesaria esta explicación, para ubicar al lector en el tiempo y raíces del derecho penal de voluntad. Además, en sendos trabajos, tanto el profesor de la Universidad del Estado de Rio de Janeiro, Nilo Batista, como el profesor de la Universidad de Valparaíso, José Luis Guzmán Dálbora, aportan sus observaciones sobre el tema. Los conceptos además de contenido tienen historia por lo que, en este volumen, mostramos no solo la idea del derecho penal de voluntad, convenientemente ilustrada por dos distinguidos catedráticos latinoamericanos, sino también su genealogía terrorífica.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eEUGENIO RAÚL ZAFFARONI\u003c\/p\u003e\u003cp\u003e\u003c\/p\u003e","brand":"Freisler, Roland","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609082315039,"sku":"69714","price":16660.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789563929591.jpg?v=1707415391"},{"product_id":"la-filosofia-del-derecho","title":"La Filosofía del Derecho","description":"\u003cp\u003eToda filosofía del Derecho forma parte de una determinada filosofía general, puesto que ofrece reflexiones filosóficas acerca de los fundamentos generales del derecho. Estas reflexiones pueden derivar de una posición filosófica existente, o pueden llevar a una posición de esta clase. Es característico de la historia de la filosofía del Derecho que los filósofos se hayan inclinado por el primero de estos métodos, y abogados y juristas por el segundo. No obstante, no toda filosofía conduce a una filosofía del Derecho. El Derecho común, tradicional en gran parte, descansa en una visión general de la ley. Incuestionablemente, se puede ser un buen abogado o jurista sin tener clara noción de nuestra filosofía jurídica, así como es verdad que se puede ser un buen filósofo sin haber elaborado una filosofía del Derecho. Tampoco la filosofía puede declararse ajena a la filosofía del derecho y la circunstancia de que tal o cual filósofo no elabore una filosofía del Derecho no impide que otros se dediquen a dar forma a esta filosofía.\u003c\/p\u003e","brand":"Friedrich, Carl J.","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609082347807,"sku":"63430","price":32606.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789564073187.jpg?v=1707415389"},{"product_id":"democracia-como-forma-politica-y-como-forma","title":"Democracia Como Forma Política y Como Forma","description":"\u003cp\u003eHoy en día se habla mucho de democracia. De un lado, los totalitarios están convencidos de que su orden político, su Estado, es la democracia “verdadera”, “legítima”, e incluso la llaman con preferencia democracia popular. Con ello quieren expresar seguramente que se trata de una democracia “especialmente” democrática. Por otra parte, en los países liberales de Occidente se usa la palabra \"democracia\" como tópico para justificar cualquier tipo de política. El empleo multilateral de este vocablo ha sido posible, ya que un Gobierno popular en el estricto sentido de la palabra y del mundo griegos, tal como se dio en la Atenas de Pericles, no existe ni puede existir. ¿Cómo podría ejercer funciones políticas una masa de muchos millones de personas? Entre el pueblo y el Gobierno siempre se interpone una especie de representación, y la clase de orden político y democrático viene determinada decisivamente por dicha representación.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eCARL J. FRIEDRICH\u003c\/p\u003e","brand":"Friedrich, Carl J.","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609082380575,"sku":"69854","price":15946.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789563927740.jpg?v=1707415387"},{"product_id":"las-raices-del-contrato-de-servicios","title":"Las Raíces del Contrato de Servicios","description":"\u003cp\u003eEl «contrato de servicios» del derecho actual ha perdido totalmente su parentesco esencial con la del derecho romano, bajo cuyo esquema fue concebido en la jurisprudencia romanista desde la época de la recepción. Hoy en día nos es extraña la idea de que el contrato de servicios y el de arrendamiento de obra correspondan al mismo concepto genérico que el arrendamiento de cosas. Si bien, el Derecho común y los pandectistas se han mantenido hasta los últimos tiempos en esta posición, las grandes codificaciones alemanas han roto con ella desde hace mucho. El naturalmente, sigue hasta hoy el sistema romano. Por el contrario, los códigos alemanes en conjunto han renunciado al concepto de arrendamiento de cosas, partiendo del concepto genérico de contrato de trabajo remunerado que subsume tanto el contrato de servicios como el de obra. La fama de este hecho precursor permitió al derecho común prusiano regular el contrato de servicios bajo la rúbrica general de “los contratos sobre prestaciones de servicios”. El código sajón le otorga independencia bajo la denominación técnica de “contrato de servicios”. De la misma manera procede el derecho suizo de las obligaciones. El código civil alemán ha seguido estos modelos, eliminando definitivamente las últimas huellas de apoyo de los contratos remunerados de trabajo en el concepto y en el derecho de arrendamiento de cosas.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eOTTO VON GIERKE\u003c\/p\u003e","brand":"Gierke, Otto von","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609086673183,"sku":"68474","price":12138.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789563928211.jpg?v=1707415267"},{"product_id":"funcion-social-del-derecho-privado-y-otros","title":"La función social del derecho privado y otros estudios","description":"\u003cp\u003eLa enseñanza trascendental de Gierke es haber explicado para la posteridad, de forma explícita, las contradicciones entre el Juristenrecht y el Volkrecht, y la nota característica de la tradición germánica de cara a la edificación de su concepto de un Estado soberano, esto es, la tendencia comunitaria. Sus sistematizaciones sobre la estructura colectiva en la formación del Estado durante la edad media europea, así como sus explicaciones respecto del desenvolvimiento del poder en relación directa con la unidad de un pueblo, demuestran un grado alturado de sensibilidad social en el jurista; tan solo le bastó a Gierke valorar la naturaleza asociativa del ser humano para erigir un sistema integral histórico para exponer los orígenes, diferencias, y las verdaderas necesidades al interno de su tradición.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eLuis Alejandro Luján Sandoval\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eMagíster con mención en Derecho Civil y Comercial de la\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eUniversidad Nacional Mayor de San Marcos\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eBecario de la Comisión Europea para estudios en la Universidad de Bologna (Italia)\u003c\/p\u003e","brand":"Gierke, Otto von","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609086705951,"sku":"67760","price":15470.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789563922462.jpg?v=1707415265"},{"product_id":"metodologia-juridico-penal","title":"Metodología Jurídico-Penal","description":"\u003cp\u003eUna metodología jurídico-penal arraiga en la naturaleza jurídica del Derecho penal, que se funda en el principio nulla poena sine lege. Ya los romanos conocieron este principio. Pero no ha sido formulado conscientemente hasta los orígenes del estado de Derecho.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eLe hallamos en la Magna charta inglesa de 1215 y en las petitions of rights en los Estados Unidos. La declaración francesa des droits de l'homme et du citoyen, de 26 de agosto de 1789, le expresa en su artículo 8.° con precisión sencilla: Nul ne peut être puni qu'en vertu d'une loi établie et promulguée antérieurement au délit et légalement apliquée. La fórmula nullum crimen, nulla poena sine lege proviene del criminalista alemán Feuerbach.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eEn tiempos recientes ha sido atacado el principio anterior. Mientras que la ley le recoja, es indispensable mantener el método jurídico-penal; pero no podría ser legitimado más allá del Derecho positivo, si se supone que el principio (nullum crimen, nulla poena sine lege) mismo no debe conservarse. Se pregunta, efectivamente, si sólo consideraciones de derecho público pueden mantenerle, caso de que no se funde en el Derecho penal. Y, en efecto, si se analiza el proceder del Estado frente a una personalidad antisocial sólo desde el punto de vista de la prevención especial, no podría mantenérsele. Es verdad que von Liszt no tuvo esta opinión. Como es sabido, ve el fin de la pena en la intimidación de los delincuentes ocasionales, la corrección de los habituales capaces de ser mejorados y la inocuización de los habituales incorregibles. Por tanto, von Liszt en principio es partidario de la prevención especial. Sin embargo, por motivos fundados en la concepción de estado de Derecho, insistió en el principio nulla poena sine lege. De von Liszt proviene la tesis de que el Código penal representa la Magna charta del delinquente.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eJAMES GOLDSCHMIDT\u003c\/p\u003e\u003cp\u003e\u003c\/p\u003e","brand":"Goldschmidt, James","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609087164703,"sku":"62917","price":10948.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789564071879.jpg?v=1707415237"},{"product_id":"concepcion-normativa-de-la-culpabilidad","title":"Concepción Normativa de la Culpabilidad","description":"\u003cp\u003e¿Qué quiere decir \"característica normativa de la culpabilidad\"? ¿Es reprochabilidad, contrariedad al deber o exigibilidad, y encuentra su fundamento en la totalidad del supuesto de hecho psíquico o en la \"motivación normal\", o en el \"dominio sobre el hecho\", vale decir, imputabilidad más \"motivación normal\"?\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eLa característica \"normativa\" de la culpabilidad debe ser siempre una vinculación normativa del hecho psíquico.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eMás bien se debe decir que la característica normativa de la culpabilidad es el sentido de este juicio de desvalor, esto es, la \"relación modal\" en la que el estado anímico, o sea la motivación, está frente a la escala de valores aplicada; y ella (la relación modal) llega a ser, por la admisión del carácter absoluto de esta escala, una calidad de la motivación, precisamente de su censurabilidad.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eJAMES GOLDSCHMIDT\u003c\/p\u003e\u003cp\u003e\u003c\/p\u003e","brand":"Goldschmidt, James","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609087197471,"sku":"69820","price":13090.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789567799268.jpg?v=1707415235"},{"product_id":"teoria-general-del-proceso","title":"Teoría General del Proceso","description":"\u003cp\u003eLa Ciencia del Derecho procesal se contenta con ser “algo”, a saber: pretende que se establezcan las categorías que le son adecuadas. Es un antiguo error de la construcción jurídica, el creer que los conceptos del Derecho privado se convierten en públicos o procesales, por agregárseles el epíteto “público” o “procesal”.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eMe propongo en el presente trabajo exponer las teorías que se han ideado con respecto al Derecho procesal desde el tiempo en que se empezó a sentir la preocupación de construcciones jurídicas procesales. De su estudio resultará que las teorías corrientes se han formado mecánicamente, según el modelo del Derecho privado, y por ello estimo que es preciso buscar las categorías que son adecuadas al Derecho procesal.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eJAMES GOLDSCHMIDT\u003c\/p\u003e","brand":"Goldschmidt, James","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609087230239,"sku":"68364","price":16660.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789563927597.jpg?v=1707415233"},{"product_id":"problemas-juridicos-y-politicos-del-proceso-penal","title":"Problemas Jurídicos y Políticos del Proceso Penal","description":"\u003cp\u003eLa definición usual del proceso penal se contenta con calificarlo de «procedimiento que tiene por objeto la declaración del delito y la imposición de la pena». Una definición que se refiere especialmente al derecho positivo español ha de añadir como objetos del proceso penal la adopción de las pertinentes medidas de seguridad y el conocimiento de la acción civil proveniente del delito. Últimamente, si se atribuye, como me parece justo, la ejecución de la sentencia a la jurisdicción, la definición ha de completarse con la mención de esta actividad como objeto del proceso penal.\u003c\/p\u003e","brand":"Goldschmidt, Werner","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609087263007,"sku":"69687","price":15946.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789564070353.jpg?v=1707415231"},{"product_id":"conducta-y-norma","title":"Conducta y Norma","description":"\u003cp\u003eTodos los estudios reunidos en este volumen giran en torno al problema de la adaptación de la norma a la conducta. Por esta razón se inspiran en la tesis del egregio jusfilósofo Carlos Cossio de que la norma es el concepto a través del cual captamos la conducta.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eEl Derecho se refiere a conductas directivas, conductas que prescriben ejemplo o conductas ellas mismas ejemplares por su obediencia a la prescripción o por merecer imitación por otro motivo. El conjunto de todas estas conductas es el Derecho. Nuestra contestación es de cierto modo incompleta, puesto que el valor directivo de una conducta depende de una axiología.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eWerner Goldschmidt\u003c\/p\u003e","brand":"Goldschmidt, Werner","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609087492383,"sku":"67882","price":32130.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789563925111.jpg?v=1707415228"},{"product_id":"criminologia","title":"Criminología","description":"\u003cp\u003eImplica particulares problemas el escribir, dentro de las ciencias experimentales, un libro sobre un campo que, como la Criminología, se encuentra todavía en estado de formación en cuanto a la investigación empírica. Dado que, además, nuestras propias investigaciones están todavía muy lejos de hallarse terminadas, aunque determinados resultados parciales comiencen a perfilarse vagamente, nos encontramos ante la cuestión de si este libro debería, después de todo, ser presentado en este momento. Finalmente, nos hemos decidido ya a redactar una Criminología orientada ante todo científico-empíricamente, principalmente a causa del deseo, expresado en los últimos años cada vez más insistentemente en este sentido, de personas interesadas por la Criminología; por otro lado, faltaba hasta ahora una exposición profunda de la Criminología a partir de amplias y directas investigaciones propias sobre los delincuentes y su ambiente social.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eLa Criminología es una ciencia empírica e interdisciplinar. Se ocupa de las circunstancias de la esfera humana y social relacionadas con el surgimiento, la comisión y la evitación del crimen, así como del tratamiento de los violadores de la Ley. Obrando con un principio interdisciplinar y multifactorial, dirige sus investigaciones en el campo de la experiencia hacia todo lo que esté relacionado tanto con las normas del Derecho como con la personalidad del delincuente y sus circunstancias en relación con la conducta condenada por el orden jurídico y social.  Como ciencia empírica del hombre en el orden social, la Criminología se halla engranada con la Medicina, particularmente con la Psiquiatría, con la Psicología y la Sociología.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eHans Göppinger\u003c\/p\u003e","brand":"Goppinger, Hans","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609088999711,"sku":"69432","price":105910.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789564071510.jpg?v=1707415201"},{"product_id":"en-busqueda-de-na-verdad-y-de-la-justicia","title":"En Busqueda de Ña Verdad y de la Justicia","description":"\u003cp\u003eLa justicia no existe en este mundo: esta dolorosa experiencia aún existe a pesar de todos los esfuerzos legales. Jamás lograremos crear la sociedad justa, el orden jurídico correcto, simplemente porque la justicia no existe, realmente ni siquiera la conocemos, ¿cómo puede osarse entonces elegir a la justicia como el tema medular de nuestro ensayo, si ni siquiera podemos organizar nuestra propia vida?\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eNadie conoce la verdad, nadie conoce la belleza, sin embargo, de manera directa, algo puede impresionarnos de la excelsa belleza de la cultura precolombina mexicana o de las creaciones de Bach o Beethoven, de la verdadera representación de las relaciones humanas a través de Proust o Joyce, así como la confianza y justicia que habremos de experimentar en múltiples relaciones con el prójimo. Conceptos generales como verdad, belleza y justicia existen, por ende, a través de nuestro mundo, aunque éste ni perfecto, ni bello, y mucho menos justo sea. Estos conceptos existen, en realidad, sólo como realización de las ideas designadas bajo tales concepciones, de ahí que posean en sí mismas únicamente un a existencia ideal.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eEl hecho de que el ser humano no pueda vivir si n estos ideales, no es un argumento comprobable ni refutable, sin embargo, evidente. Ello nos obliga a aspirar, en la medida de lo posible, a una realización extensa y trascendente de dichos ideales en el mundo, para así tornarlos más humanos. De esta manera entiendo los esfuerzos explicativos acerca del Derecho Penal en la compila que yace ante sus ojos. Hacer realidad los esfuerzos hacia una justicia material implica, para mí, desarrollarlos a la luz del Estado de Derecho.\u003c\/p\u003e","brand":"Gossel, Karl-Heinz","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609089196319,"sku":"65318","price":30702.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789564073552.jpg?v=1707415188"},{"product_id":"retos-actuales-del-estado-constitucional","title":"Retos Actuales del Estado Constitucional","description":"\u003cp\u003eLa interpretación constitucional no es ni teórica ni prácticamente un proceso estatal “exclusivo”. Todas las fuerzas de la comunidad política tienen potencialmente acceso a ese proceso. El ciudadano que interpone un recurso de amparo (Verfassungsbeschwerde) es tan intérprete constitucional como el partido político que plantea un conflicto de competencias entre órganos constitucionales (Organklage) o contra el que se tramita un procedimiento para su prohibición. Hasta ahora domina una reducción demasiado intensa del proceso de la interpretación constitucional a los órganos estatales o los participantes inmediatos en el procedimiento, una fijación al “oficio” de la interpretación constitucional, a la cooperación jurídico-funcional de las funciones estatales, a pesar de lo importante que esta pueda ser. Interpretación constitucional es, sin embargo, un “asunto” que incumbe potencialmente a cada uno y a todos. Los citados grupos, individuos, etc. pueden ser designados como intérpretes “mediatos” o que operan a largo plazo. La configuración de la realidad de la Constitución deviene también un fragmento de interpretación de las normas constitucionales “correspondientes”.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eTambién en y detrás de las funciones estatales (legislación, gobierno y administración y jurisprudencia) han de verse las personas concretas, los parlamentarios, los funcionarlos de la Administración, los jueces (“personalización” de la interpretación constitucional).\u003c\/p\u003e\u003cp\u003ePETER HÄBERLE\u003c\/p\u003e","brand":"Haberle, Peter","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609092047135,"sku":"67728","price":19992.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789563929034.jpg?v=1707415125"},{"product_id":"nueve-ensayos-constitucionales-y-una-leccion-jubilar","title":"Nueve Ensayos Constitucionales y Una Lección Jubilar","description":"\u003cp\u003eEl Derecho procesal constitucional es una concretización de la Ley Fundamental en dos sentidos: en que él mismo es un Derecho constitucional concretizado y en que le sirve al Tribunal Constitucional para concretizar la Ley Fundamental. La gran “capacidad de concretización” del Tribunal Constitucional, demanda ahora una fundamentación del Derecho procesal constitucional de carácter teórico-constitucional.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eEn la medida en que el Tribunal Constitucional continúa elaborando y ampliando su jurisprudencia con respecto al Derecho procesal constitucional, se llegará a una “interpretación de la Constitución conforme a la jurisprudencia”.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003ePETER HÄBERLE\u003c\/p\u003e","brand":"Haberle, Peter","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609092079903,"sku":"67204","price":29750.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789563920932.jpg?v=1707415123"},{"product_id":"persona-mundo-y-responsabilidad","title":"Persona, Mundo y Responsabilidad","description":"\u003cp\u003eLa tradición jurídico-filosófica se mantuvo con mayor pureza y éxito en el derecho penal. Incluso todavía hoy, hay teorías del derecho penal y de la pena basadas en la filosofía kantiana y en los dos polos que sustentaron esa filosofía: la teoría del conocimiento del idealismo alemán y la filosofía política de la Ilustración. Su mérito histórico ha sido precisamente el de unir ambas líneas de la filosofía idealista y el de hacerlas fructíferas para el derecho penal. Representantes de estas ideas son sobre todo PAUL JOHANN ANSELM FEUERBACH, GUSTAV RADBRUCH, KARL ENGISCH y ARTHUR KAUFMANN. También yo me siento dentro de esta tradición.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eWINFRIED HASSEMER\u003c\/p\u003e","brand":"Hassemer, Winfried","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609092440351,"sku":"67712","price":24038.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789563924060.jpg?v=1707415107"},{"product_id":"conceptos-fundamentales-del-derecho-civil","title":"Conceptos Fundamentales del Derecho Civil","description":"\u003cp\u003eSegún parece, los juristas noveles no son los únicos necesitados de conocimientos fundamentales histórico-dogmáticos en el terreno del Derecho civil.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eLlega hasta nosotros el clamor en favor de una reforma del Derecho de obligaciones, basada en la errónea creencia de que el Código civil desatiende el bien común, exigiéndose, incluso, que el «individualista» derecho de obligaciones sea sustituido por otro más «social».\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eExisten, pues, razones suficientes para ofrecer alguna información sobre los fundamentos históricos y filosóficos de nuestro sistema de Derecho privado.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eLa aportación que a ello hace este libro, necesitará de ampliación y corrección, por lo que confío en que el debate no se haga esperar.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eHans Hattenhauer\u003c\/p\u003e\u003cp\u003e\u003c\/p\u003e","brand":"Hattenhauer, Hans","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609092473119,"sku":"63560","price":39746.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789564072906.jpg?v=1707415106"},{"product_id":"fundamentos-historicoideologicos-del-derecho-aleman","title":"Fundamentos Históricoideológicos del Derecho Alemán","description":"\u003cp\u003eLa Historia del Derecho, en Alemania, está dividida conforme a las disciplinas del Derecho vigente. Difícilmente lograremos abarcar, por encima de la descripción de la historia constitucional, de la historia del Derecho penal y de la historia del Derecho privado, las ideas rectoras de nuestra Historia del Derecho, tal como han repercutido a través de todas las disciplinas. Cabalmente, de este intento se trata en la siguiente exposición.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eEvidentemente, a tal respecto solo puede procederse con ejemplos. El arte consiste en el omitir. Todo lector hará al punto asociaciones para él importantes y que echará de menos en esta obra. Por ello ruego disculpa. Ciertamente, la presente obra es, ya en su comienzo, muy subjetiva. Lo fragmentario incitará a otros autores —así lo espero— a exponer su visión distinta sobre la historia más reciente del Derecho alemán. Una oposición constructiva nos ayudará a todos. Solo mediante tal debate se clarificará nuestra imagen del siglo XIX y de principios del XX, esto es, de una época que encierra aun para los historiadores del Derecho múltiples cuestiones sin respuesta.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eHANS HATTENHAUER\u003c\/p\u003e","brand":"Hattenhauer, Hans","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609092505887,"sku":"67698","price":54740.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789563922479.jpg?v=1707415104"},{"product_id":"la-jurisprudencia-de-intereses","title":"La Jurisprudencia de Intereses","description":"\u003cp\u003eEsta obra, que escribió Heck para la divulgación en los medios universitarios de sus ideas sobre el método jurídico, va dirigida fundamentalmente a mostrar el contraste entre la jurisprudencia conceptual y la jurisprudencia de intereses, en orden a tres problemas capitales: relación causal de los elementos del Derecho, actividad del juez en sus decisiones y construcción de la ciencia jurídica.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eEn el primer aspecto muestra cómo la jurisprudencia conceptual consideraba los conceptos científicos generales como conceptos causales fundamentales del Derecho, es decir, como causa de las normas jurídicas, y, por tanto, indirectamente, de su eficacia vital. Así, por ejemplo, del concepto de la obligación como vínculo personal se derivó la ilicitud de su cesión, y de la concepción del nacimiento de la obligación en los documentos a la orden y al portador, como contrato o como promesa unilateral, se deduce la situación del adquirente.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003ePara la jurisprudencia de intereses, en cambio, los preceptos jurídicos son históricamente anteriores a su ordenación en los conceptos generales, la que los preceptos tienen su origen en las necesidades vitales. No es el concepto quien crea el Derecho, sino el interés, el fin.\u003c\/p\u003e","brand":"Heck, Philipp","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609092604191,"sku":"69678","price":12376.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789567799046.jpg?v=1707415098"},{"product_id":"problema-de-la-creacion-del-derecho","title":"Problema de la Creación del Derecho","description":"\u003cp\u003eLa ciencia jurídica, por su desarrollo histórico y por su conformación actual, es una ciencia normativa y práctica, como la medicina. La finalidad común a esas ciencias no es la satisfacción del deseo de saber; lo que queremos es hallar caminos para satisfacer la biológica necesidad de derecho y para hallar el derecho exigido por la vida.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eEl derecho realmente importante para la vida es aquel que se realiza en la sentencia judicial. El derecho legal no consigue el poder autoritario que da al derecho su valor sino por medio de la sentencia del juez. La ley, hoy día, obra sin duda también directamente; pero ello se debe a que todo el mundo espera que la sentencia la seguirá.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003ePHILIPP HECK\u003c\/p\u003e","brand":"Heck, Philipp","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609092669727,"sku":"67270","price":12852.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789563921038.jpg?v=1707415096"},{"product_id":"derechos-reales","title":"Derechos Reales","description":"\u003cp\u003eEl Derecho de cosas tiene su sede en el Código civil. Mas, en cuanto representaban un marco que encuadrara todo el Derecho de cosas, han sido desbordados al correr de los tiempos. Son en especial los dos últimos decenios los que han hecho brotar una verdadera avalancha de nuevas leyes que se agolpan apresuradamente unas tras otras. Podríamos considerar este fenómeno como un inevitable estigma de nuestros tiempos. Pero por ello mismo, con más razón, debe ser tarea de todo jurista el inculcar, tanto en el joven que inicia sus estudios como en el juez y el abogado ya cargados de experiencia, un ideal de concentración o, dicho, en otros términos, de afirmación sobre una base sólida. Precisamente el Derecho de cosas ha de ser, y no debe dejar de ser, uno de los fundamentos de nuestra existencia, y con ello, al mismo tiempo, un elemento integrante de nuestra cultura.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eJustus W. Hedemann\u003c\/p\u003e","brand":"Hedemann, Justus W.","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609092702495,"sku":"69392","price":57120.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789563927191.jpg?v=1707415094"},{"product_id":"derecho-de-obligaciones","title":"Derecho de Obligaciones","description":"\u003cp\u003eEl derecho de obligaciones consistente en una vinculación de persona a persona basada en el principio de equiparación jurídica.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eEl jurista, en especial el científico, se inclina fácilmente a considerar exclusivamente la estructura jurídica de las relaciones de Derecho que estudia. Y, efectivamente, con bastante frecuencia es decisivo en el estudio de un caso práctico, ya se haga por un investigador, ya que por el juez en el proceso o ya en la actividad asesora del abogado, únicamente el contenido jurídico del caso en cuestión. Pero no debemos olvidar que, obre el derecho de obligaciones, con su regulación de los contratos de compraventa, de servicios, de sociedad, la indemnización de daños por actos ilícitos, etc., influye también la vida cultural del pueblo y de cada uno de los individuos.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eAl derecho de obligaciones no le incumbe determinar si por medio de la compraventa el vendedor transmite la propiedad de la cosa al comprador. Esto pertenece al derecho de cosas. Al derecho de obligaciones solo afecta la vinculación de una persona a otra, es decir, la idea de que el vendedor está obligado a entregar la cosa y el comprador a pagarle por ello un precio. Pero no ha de perderse de vista que las partes contratantes ocupan un plano de equiparación jurídica.\u003c\/p\u003e","brand":"Hedemann, Justus W.","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609092735263,"sku":"69561","price":60690.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789563926576.jpg?v=1707415092"},{"product_id":"las-presunciones-en-el-derecho","title":"Las Presunciones en El Derecho","description":"\u003cp\u003eLa teoría de la presunción es una teoría de la carga de la prueba. A la pregunta: —¿A quién incumbe la carga de la prueba? —contesta con estas palabras: —A aquel que tiene en contra suya una presunción—; así, por ejemplo, al propietario, porque tendría en contra suya el principio contenido en la presunción placentina. Avanzando por este camino se llega a la conclusión de que donde no existiera presunción alguna no sería posible la regulación de la carga de la prueba, dificultad que solo puede salvarse con esta afirmación: tales casos no pueden darse. Manifiéstase aquí una semejanza con los fines que persigue la teoría de la prueba legal; también ésta, para ser consecuente, había de evitar toda laguna en su sistema. Las diferencias entre ambas teorías consisten en que la teoría de la presunción, se ocupa de la posición de las partes, y la teoría legal de la prueba se ocupa de la misión del juzgador; la una es una teoría de la carga de la prueba, la otra es un sistema de apreciación judicial.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eJUSTUS W. HEDEMANN\u003c\/p\u003e","brand":"Hedemann, Justus W.","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609092768031,"sku":"68042","price":32606.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789563924374.jpg?v=1707415091"},{"product_id":"la-democracia-en-el-mundo-moderno","title":"La Democracia en El Mundo Moderno","description":"\u003cp\u003eHace más de dos mil años que en Europa se habla de «democracia» y que se busca su realización. Desde que se le dio nombre, la democracia ha quedado expuesta al fuego de la crítica y de la crisis. Aristóteles la llamó la más baja y menos valiosa de las formas de gobierno, que rápidamente degeneraba en tiranía. Platón, el segundo padre nutricio del pensamiento europeo, construyó su poderoso sistema de pensamiento contra ella: un cosmos dispuesto en planos de diferente elevación, una jerarquía, un orden sagrado de soberanía de los valores, deben superar el pensamiento y práctica «bajos» y «comunes» de esa forma «igualitaria»: la democracia.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eLa democracia griega, y luego la romana, se han venido abajo en las tormentas de la historia mundial, pero el gran coro de sus acusadores y críticos no ha enmudecido. Han crecido, sobre todo en aquel preciso espacio de tiempo que a muchos parece la época de triunfo de la democracia europea, es decir, aproximadamente entre 1830 y 1930.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eEs más importante para nuestro tema el hecho de que algunos de los más serios partidarios y observadores de la democracia se hayan planteado en los últimos años el problema de la crisis de la democracia. ¿Puede la democracia superar las conmociones del mundo actual? ¿Es capaz de vivir o, mejor dicho, de sobrevivir? Pero es un hecho muy digno de consideración el que, dondequiera que se habla de democracia, se hable de ella en sentido crítico. Y no hablan así solo sus numerosos enemigos mortales, tanto exteriores como internos, sus adversarios políticos e ideológicos, sino que así lo hace también precisamente el pequeño número de sus partidarios conscientes de su responsabilidad, que tienen el valor de defenderla obrando, sufriendo y sacrificándose por ella, y que tienen el ánimo no menor que se necesita para considerar la democracia en su idea, su teoría, estructura y realidad, hasta sus últimas consecuencias.\u003c\/p\u003e","brand":"Heer. Friedrich","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609092800799,"sku":"68327","price":9520.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789564072203.jpg?v=1707415088"},{"product_id":"principios-de-la-filosofia-del-derecho","title":"Principios de la Filosofía del Derecho","description":"\u003cp\u003eEl motivo inmediato para la publicación de este compendio es la necesidad de dar a mis oyentes una guía para las lecciones que doy, en cumplimiento de mi cargo, sobre la filosofía del derecho. Este manual es un desarrollo ulterior y sobre todo más sistemático de los mismos conceptos fundamentales que sobre esta parte de la filosofía estaban ya incluidos en la Enciclopedia de las ciencias filosóficas (Heidelberg, 1817), que también destiné a mis lecciones.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003ePero, a su vez, el hecho de que este compendio aparezca impreso, y con ello ante el gran público, ha sido muchas veces el motivo para desarrollar observaciones que en un primer momento solo tenían como objeto indicar con menciones sucintas las representaciones cercanas y lejanas, las consecuencias y otras cosas semejantes que recibirían luego en las lecciones su explicación adecuada, con el fin de aclarar así en algunos casos el contenido más abstracto del texto y considerar de modo más amplio las concepciones próximas corrientes en nuestra época. Surgió así una serie de observaciones más extensa que la requerida normalmente por el fin y el estilo de un compendio. Un auténtico compendio tiene sin embargo por objeto el ámbito considerado cerrado de una ciencia, y lo que lo caracteriza —a excepción quizá de algún ocasional agregado— es la reunión y ordenación de los momentos esenciales de un contenido hace tiempo conocido y admitido, del mismo modo que hace tiempo que sus reglas y procedimientos formales están ya constituidos. No se espera que un compendio filosófico tenga este carácter, seguramente porque se cree que lo que produce la filosofía es una obra tan trasnochada como el tejido de Penélope, que cada día debe ser recomenzado.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eGeorg W. F. Hegel\u003c\/p\u003e","brand":"Hegel, Georg Wilhelm F.","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609092833567,"sku":"64240","price":39032.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789564071473.jpg?v=1707415086"},{"product_id":"elementos-de-derecho-civil-segun-el-orden-de-las-pandectas","title":"Elementos de Derecho Civil. Según El Orden de Las Pandectas","description":"\u003cp\u003eParece razonable que la Jurisprudencia se principie a tratar por el fin para que haya sido establecida y por el objeto en que se versa. Así pues, instituida para gozar de la justicia, y ejercitándose esta en la interpretación y aplicación del derecho; Justiniano adecuadamente antepuso el tratado de la justicia, como fin próximo de nuestro arte, y también el del Derecho, su origen y especies.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eDando la justicia a cada uno lo que es suyo, y perteneciendo unos derechos a la facultad y otros a la capacidad.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003ePor esto no es necesaria aquella división vulgar de la justicia en universal y particular, de las cuales se dice consistir la primera en el ejercicio de todas las virtudes hacia los demás; y la segunda en la abstinencia de un desmedido deseo de lucro. De la fuente de la justicia emana el derecho.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eLos antiguos consideraron este derecho de dos maneras, uno establecido por la razón natural, y de aquí observado por todos igualmente, y otro introducido por el uso y las necesidades humanas. De donde los Doctores llaman primario aquel, y secundario al último.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eJohann Gottlieb Heineccius\u003c\/p\u003e\u003cp\u003e\u003c\/p\u003e","brand":"Heineccius, Johann Gottlieb","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609092866335,"sku":"63060","price":69020.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789564070438.jpg?v=1707415084"},{"product_id":"derecho-mercantil","title":"Derecho Mercantil","description":"\u003cp\u003eEl Derecho mercantil es el Derecho privado especial de los comerciantes. Su contenido se extiende, sin embargo, más allá del significado vulgar de la noción comercio, ya que bajo los términos «comerciante» e «industria mercantil», en el sentido del Código de Comercio, se comprenden con un criterio de amplitud muy diversos géneros de industrias y empresas.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eLa particularidad de la vida de los negocios explica que al lado del Derecho civil general se haya formado un Derecho mercantil especial. El comerciante concluye profesionalmente y con gran amplitud negocios que tienen una cierta homogeneidad, con independencia de su mayor o menor importancia.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eEl tráfico mercantil es así una especialización profesional de la actividad de los negocios que supone y crea a un mismo tiempo una aptitud particular de quien la lleva a cabo. En ella cada operación es un miembro que debe unirse a los otros; y solamente cuando todos los negocios particulares vienen concluidos en relación los unos con los otros, constituyen en su totalidad el tráfico comercial. A dicho tráfico pueden y deben ser aplicables reglas especiales que aconsejan la pericia en los negocios y la explotación de las empresas. También, en algunos casos, las operaciones mercantiles deben liberarse de ciertas limitaciones impuestas por el Derecho civil, pues, en general, muchas de aquellas reglas de carácter formal y rigorista son un obstáculo al desenvolvimiento y a la satisfacción de las exigencias del tráfico comercial.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003ePor otro lado, la vida de los negocios mercantiles e industriales, ya sea en general, ya en algunas de sus ramas, da lugar a una multitud de instituciones, operaciones y figuras jurídicas especiales que demandan reglas propias, las cuales solamente pueden hallarse en un Derecho especial con desarrollo distinto del Derecho civil general.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eKARL HEINSHEIMER\u003c\/p\u003e\u003cp\u003e\u003c\/p\u003e","brand":"Heinsheimer, Karl","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609092899103,"sku":"69261","price":42840.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789567799527.jpg?v=1707415082"},{"product_id":"la-cuestion-de-hecho","title":"La Cuestion de Hecho","description":"\u003cp\u003eLa cuestión acerca del significado de la idea de sistema en la Jurisprudencia constituye uno de los más debatidos problemas de la metodo­logía jurídica. En pocas controversias se mantienen aún hoy las opiniones tan tajantemente enfrentadas como en ésta. Lo persistente y enconado del enfrentamiento no puede de ningún modo sorprendernos, pues en su trasfondo se hallan cuestiones centrales de la metodología jurídica y de la filosofía del Derecho.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eLa discusión hasta hoy adolece a menudo de que, sobre su objeto, es decir, el concepto de sistema, no se aporta claridad, ni en lo terminológico ni en el fondo.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eHacer consideraciones más precisas sobre el concepto jurídico de sistema presupone obtener primeramente claridad sobre dos cuestiones: en primer lugar, sobre el concepto general, es decir, filosófico, de sistema, y, en segundo lugar, sobre la especial misión que este concepto puede desempeñar razonablemente en la Jurisprudencia.\u003c\/p\u003e","brand":"Henke, Horst-Eberhard","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609093062943,"sku":"63704","price":40222.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789564072883.jpg?v=1707415077"},{"product_id":"derecho-tributario","title":"Derecho Tributario","description":"\u003cp\u003eEl derecho tributario puede además ser concebido como una parte del derecho financiero (el cual por su parte pertenece tanto al derecho constitucional como al derecho administrativo). El derecho financiero abarca toda la vida del Estado en relación a las manifestaciones financieras, cuando sean susceptibles de consideración jurídica. Queriendo hacer una distinción según las grandes categorías de los ingresos y salidas, así como del destino de los primeros en el balance público, al derecho tributario le conciernen los ingresos; sin embargo no se agota en ello. Los ingresos del Estado provienen también de los empréstitos y de la actividad económica privada de los Entes Públicos; de tasas por determinadas prestaciones del Estado, de contribuciones como correspondencias económicas por ventajas especiales; de monopolios (ingresos que desde el punto de vista económico —como segunda forma de su recaudación— son muy afines a los impuestos también desde el punto de vista jurídico). La razón por la cual la agrupación de los “impuestos” dentro del derecho financiero es fecunda y didácticamente importante, es su común ordenamiento conforme a los principios del Estado de Derecho; el surgir de la pretensión tributaria através del hecho generador legalmente regulado, la recaudación de los impuestos por vía de un procedimiento ordinario jurídicamente regulado y provisto de disposiciones de garantía, caracterizan al derecho tributario.\u003c\/p\u003e","brand":"Hensell, Albert","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609093128479,"sku":"69840","price":40936.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789564072975.jpg?v=1707415073"},{"product_id":"revolucion-y-ciencia-del-derecho","title":"Revolución y Ciencia del Derecho","description":"\u003cp\u003eCuando en el marco de la Ciencia del Derecho nos ocupemos de los fenómenos revolucionarios, será necesario, primeramente, una comprensión del objeto de la investigación y de nuestra formulación del problema. Por lo que se refiere al concepto de Revolución podemos acoger, desde luego, el uso dominante del lenguaje, según el cual puede determinarse aquélla como la modificación violenta de los fundamentos jurídicos de un Estado.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eSin embargo, es preciso reflexionar, en este momento, acerca de la esencia y misión de la Ciencia del Derecho. Al conocimiento teórico del Derecho y a la teoría normativa de la aplicación del mismo, se agrega en estas páginas una tercera forma de consideración, también de naturaleza normativa, la cual, sin embargo, no se dirige, con sus principios del deber ser, al Juez o al súbdito, sino que plantea el problema del valor del Derecho, o de una determinada regulación jurídica y deriva de su solución los principios del deber ser, generalmente aplicados por el legislador. A esta forma de consideración solemos calificarla como Política del Derecho.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eHeinrich Herrfahrdt\u003c\/p\u003e","brand":"Herrfahrdt, Heinrich","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609093325087,"sku":"65280","price":26656.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789564072890.jpg?v=1707415060"},{"product_id":"diccionario-de-latin-juridico","title":"Diccionario de Latín Jurídico","description":"\u003cp\u003eEl principal objetivo de esta Colección de Clásicos del Derecho, es presentar una muy amplia selección de obras que permitan al lector tomar cuenta del carácter complejo y multiforme del mundo jurídico, pretendiendo ofrecer alternativas distintas, estructurales, funcionales y valorativas, con una unidad central en torno al saber jurídico para ampliar la perspectiva al incluir distintas posiciones que lleven a respuestas similares.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eEs por eso que nos permitimos poner nuevamente al alcance de la comunidad jurídica este conjunto de obras selectas que a lo largo de los años constituyeron un instrumento extraordinario e imprescindible para todo hombre de Derecho.\u003c\/p\u003e\u003cp\u003eEstamos seguros de que el rigor y cuidado tan distintivo en nuestras ediciones va a permitir consolidar muy rápidamente este gran proyecto editorial.\u003c\/p\u003e","brand":"Herzberg, Friedrich W.","offers":[{"title":"Default Title","offer_id":47609093357855,"sku":"67592","price":33320.0,"currency_code":"CLP","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0842\/9892\/4319\/files\/9789563920536.jpg?v=1707415059"}],"url":"https:\/\/www.tiendalibros.cl\/collections\/autor-alemania\/ano-2019.oembed","provider":"Tienda Libros","version":"1.0","type":"link"}